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Ahora el apto m?dico es obligatorio en las carreras de calle

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La Legislatura porte?a estableci? la obligaci?n de presentar un certificado m?dico de aptitud f?sica para participar en las carreras de calle de m?s de 5 kil?metros que se realicen en la Ciudad de Buenos Aires y sean consideradas competitivas. El certificado deber? ser expedido por un m?dico matriculado y tendr? validez por un a?o.

La obligatoriedad de presentar el certificado m?dico de aptitud f?sica qued? establecida en una modificaci?n de la Ley N? 139 de la Ciudad, donde tambi?n se indica que se denomina pr?ctica de carreras de calle a aquellas competencias de 5 kil?metros o m?s distancia y cuando la convocatoria o participaci?n deportiva involucre a grupos de personas que por su cantidad no pueda considerarse pr?ctica deportiva individual.
La normativa establece que ser? de car?cter obligatorio la presentaci?n de un Certificado M?dico de Aptitud F?sica (apto m?dico) para la pr?ctica de la misma, el cual tendr? validez m?xima de un a?o a partir de la fecha en la que fuera expedido.
Los organizadores de estos eventos deber?n exigir a los participantes la presentaci?n del apto m?dico al momento de la inscripci?n y previo a la realizaci?n de cualquier actividad o pr?ctica deportiva, el que deber? ser expedido por un profesional m?dico matriculado previa evaluaci?n de la persona.
"Con la puesta en marcha de la presente ley se pretende prevenir y reducir los infortunios en el deporte, episodios que ocurren en forma brusca e inesperada durante el desarrollo de la actividad deportiva o al poco tiempo de finalizada la misma, concientizando a la participaci?n responsable de todas las personas que practiquen actividades f?sicas o deportivas", sostienen los fundamentos del proyecto presentado por el legislador Hern?n Rossi, aprobado con 49 votos positivos.